1 junio 2018
Normativa Botón de Baja prestadores de servicios

La Dirección Nacional de Defensa al Consumidor, organismo de la Secretaría del Comercio de la Nación, anunció esta semana que las empresas prestadoras de servicios deberán contar con un link o “botón de baja” para que los consumidores puedan rescindir la contratación. El botón deberá encontrarse visible en el primer acceso a las respectivas páginas de internet.

La iniciativa -de cumplimiento obligatorio para las empresas- se originó como respuesta a la estadística de reclamos presentados ante Defensa del Consumidor por consumidores que ven dificultada la cancelación de los servicios contratados.  

El botón de baja se implementará a través de la Resolución 316/2018, publicada esta semana en el Boletín Oficial, que buscará simplificar y agilizar estos trámites. Las empresas tienen hasta 60 días para cumplir con lo establecido por la norma.

En una primera etapa se tomarán en cuenta rubros que por su masividad poseen alta conflictividad, como son Telefonía Fija y Móvil, Servicios de Acceso a Internet y Televisión Satelital. En lo sucesivo, defensa del consumidor ampliará el alcance de la norma a otros rubros.

Para mayor información: https://www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor