15 abril 2020
CACE frente al COVID-19

Desde la Cámara Argentina de Comercio Electrónico hemos estado realizando acciones con Gobierno y para nuestros socios desde el inicio de esta pandemia mundial. 

A partir del 20 de marzo seguimos las instrucciones dictaminadas por el Gobierno Nacional y comenzamos con nuestro aislamiento. Suspendimos las reuniones de nuestras comisiones de trabajo presenciales y las transformamos a videollamadas. Asimismo entendimos también las necesidades de nuestros socios y comenzamos a relacionarnos con el Gobierno presentando nuestras inquietudes:

Aclaración punto 21 del artículo 6 en relación a paquetería (DNU 2020-297)
Comunicación Oficial ampliación de productos de primera necesidad
Nuevas categorías habilitadas para operar en eCommerce

Teniendo en cuenta que cuenta que algunos rubros esenciales pudieron continuar con sus actividades normales en un principio y luego se extendió poco a poco esta flexibilización, ofrecimos una guía práctica para realizar entregas seguras, alineadas con un protocolo de seguridad frente al COVID-19.

También fuimos parte de la mesa de trabajo para lanzar lo que hoy conocemos como la Red de Asistencia Digital PyME. Un proyecto creado por el Ministerio de Producción con el fin de ofrecer herramientas y asesoramiento digital a PyMEs en las temáticas de trabajo a distancia, comercio y pago electrónico, así también como distribución. CACE participa de este programa otorgando contenidos y asistencia a PyMEs que frente a este contexto tenga la intención de transformarse digitalmente. 

Nuestro contacto con Gobierno es constante y estamos dando seguimiento tanto a las necesidades del sector como a las medidas tomadas para prevenir la salud de todas y todos.

Contexto actual del eCommerce en Argentina

Dadas las reglamentaciones que determinaron el Aislamiento Social Obligatorio y Preventivo, se han paralizado gran parte de las cadenas productivas de la Argentina. En un principio solo unos pocos rubros denominados “esenciales” tenian la posibilidad de seguir operando. Sin embargo, a partir del lunes 20 de abril con el decreto 524/2020 quedan habilitadas a operar otros rubros:

  • Programadas:
    – La venta minorista online ( sin atención al público)
    – La atención médica y odontológica
    – Laboratorios de análisis clínicos y los centros de diagnóstico por imagen
    – Ópticas
     
  • Sin turno:
    – Locales de cobranzas e impuestos
    – Oficinas de renta provinciales y caba
    – Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias
    – Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género
    – Producción para la exportación, con autorización previa del Mterio. de Desarrollo Productivo
    – Procesos industriales específicos, con autorización previa del Mterio. de Desarollo Productivo

Esta medida aplica a las siguientes provincias: LA PAMPA, NEUQUÉN, FORMOSA, SANTA CRUZ, CORRIENTES, TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, SALTA, SAN JUAN, CÓRDOBA, JUJUY, LA RIOJA, CHUBUT, CATAMARCA, RÍO NEGRO, ENTRE RÍOS, MENDOZA, SANTA FE, CHACO, BUENOS AIRES, SAN LUIS y MISIONES y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Las actividades se encuentran habilitadas siempre y cuando las instituciones respeten los protocolos de seguridad vigentes en cada una de ellas.